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Los operadores no podrán modificar las condiciones de los contratos

Los operadores de telecomunicaciones no podrán modificar las condiciones que aplican a sus clientes si ese cambio no está expresamente previsto en el contrato, y éstos podrán darse de baja si no están de acuerdo con la modificación, según figura en el borrador de la carta de derechos del usuario.

(La Vanguardia, 20/7/2008) El secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros, presentó hoy este borrador a la comisión permanente del Consejo Asesor de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

En esa reunión, también se anunció que se van a flexibilizar los procedimientos de conservación de numeros y se convocará un concurso público para la prestación del servicio de información telefónica 11818, que en la actualidad ofrece Telefónica.

La carta de los derechos del usuario de las telecomunicaciones recoge la prohibición de que el operador ofrezca velocidades de Internet si no puede cumplirlas en al menos un 80 por ciento, y deberá informar al usuario de la velocidad máxima teórica que alcanzará su línea.

En portabilidad, señala que el cambio de operador conservando el número deberá hacerse en un plazo máximo de dos días, y para ello el Ministerio de Industria tendrá que llevar a cabo una modificación legislativa, a fin de que no sea necesario el consentimiento por escrito del usuario y baste con la verificación por terceros.

El Ministerio de Industria explica que si no hiciera esta modificación, no sería posible reducir de cinco a dos días el tiempo de cambio. Además, el operador que detecte que el usuario se ha dado de alta en otro, deberá considerar que se ha dado de baja de él y no podrá seguir pasándole facturas.

También recoge quince aspectos informativos que deberán incluir los contratos de telecomunicaciones, como indemnizaciones por interrupción de servicio, formas de darse de baja, la posible existencia de periodos mínimos de permanencia o los datos del operador para presentar reclamaciones.

Establece además el desglose obligatorio de los servicios fijo y móvil, y si incluyen otros cargos, por ejemplo, números de tarificación adicional, deberán separarse para que no se corte el acceso al servicio telefónico por su impago.

La carta también señala que el operador deberá ofrecer a los usuarios al menos dos modalidades de pago de entre las más utilizadas, y dar un número de referencia de todas las gestiones y reclamaciones que haga.

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